Fallo histórico en Perú: declaran inconstitucional decreto que consideraba la identidad trans como trastorno mental.

La medida fue confirmada en última instancia por la Corte Suprema. La sentencia considera que la medida anulada generaba estigmatización y trato desigual, fijando un precedente clave sobre derechos fundamentales.

3/31/2026

Fallo histórico en Perú: declaran inconstitucional decreto que consideraba la identidad trans como trastorno mental.

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La Corte Suprema puso fin al proceso judicial contra el Decreto Supremo N.º 009-2024-SA y confirmó su inconstitucionalidad, al considerar que la norma —que incluía a las identidades trans dentro de categorías de trastornos mentales— resultaba estigmatizante y contraria al derecho a la salud en condiciones de igualdad.

El fallo, emitido en segunda instancia tras una demanda de acción popular impulsada por organizaciones y activistas, reconoce la urgencia de ampliar el acceso a servicios sanitarios. Sin embargo, sostiene que los medios empleados no eran los adecuados. En particular, cuestiona que el Estado haya recurrido a una clasificación patologizante.

Según el tribunal, la medida no supera el test de idoneidad, ya que produce un impacto negativo documentado: refuerza estigmas y dificulta la atención. Además, advierte que existían alternativas menos lesivas, como el uso del CIE-11 —estándar internacional vigente que ya no considera ser transgénero como una enfermedad—, lo que evidencia que se pudo optar por mecanismos más respetuosos de los derechos fundamentales.

El fallo recuerda que las autoridades tienen la obligación de garantizar prestaciones sanitarias con equidad y calidad, y que este deber no puede cumplirse mediante medidas que generen trato diferenciado y desfavorable. En ese sentido, establece un precedente relevante para futuras políticas públicas.

No obstante, especialistas y activistas coinciden en que el reto ahora es la implementación. Alex Hernández, directora ejecutiva del colectivo Mas Igualdad, plantea la necesidad de un enfoque transversal de salud afirmativa, que incluya capacitación al personal y protocolos que reconozcan las necesidades específicas de la comunidad. “No se trata solo de eliminar normas discriminatorias, sino de construir un sistema que garantice atención digna y sin prejuicios”, puntualiza.

El proceso no solo se libró en los tribunales. Detrás hay una articulación entre organizaciones, profesionales y activistas que impulsaron la demanda y visibilizaron los efectos del decreto. Para la activista trans Gahela Cari, esta victoria también responde a esa presión social: “Es una luz de esperanza, pero también nos recuerda que aún hay un largo camino para derribar normas y prácticas que siguen vulnerando derechos”.

En un contexto político donde la justicia para la población LGTBIQ+ suele ser objeto de disputa, la decisión de la Corte Suprema marca un límite claro: las políticas públicas no pueden construirse desde la estigmatización. El desafío pendiente es traducir ese principio en cambios concretos que garanticen, en la práctica, el cumplimiento de derechos y acceso igualitario a oportunidades.

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